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PRIMERO: OBJETO.

El objeto de este documento, en términos y condiciones, es establecer las regulaciones de la dinámica promocional durante la promoción “Sorteo de Un Acuario”.

Actividad impulsada por el Fondo Mutual CCSS y EcoHuellas como parte de las dinámicas comerciales conjuntas para el año 2023. Esta promoción se publicará en el perfil oficial de Facebook del Fondo Mutual CCSS.

Promoción válida solo para Costa Rica, del 25 al 28 de septiembre del 2023.

SEGUNDO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

La promoción será válida del 25 al 28 de septiembre del 2023.

Se sorteará una pecera de siete galones, cinco peces, piedras decorativas, filtro y luz led por medio de una dinámica promocional en el perfil de Facebook del Fondo Mutual CCSS. La dinámica es válida entre las personas que participen siguiendo las indicaciones de la publicación de Facebook realizada el 25 de septiembre de 2023.

Para las personas que participan, podrán hacerlo la siguiente manera:

  • Seguir o dar me gusta a los perfiles de Eco Huellas – Bio Cremación para mascotas en Costa Rica y del Fondo Mutual CCSS en Facebook.

  • Comentar públicamente con:
    • Nombre Completo.

TERCERO: PREMIO.

El premio consiste en:

  • Una pecera de siete galones
  • Cinco peces
  • Piedras decorativas
  • Filtro
  • Luz led

El premio es:

  • Intransferible, no se entregará ni se enviará a otra persona que no sea la ganadora o su representante autorizado.
  • Indivisibles y no negociables.
  • De ninguna manera podrán ser entregados en dinero en efectivo u otro medio de compensación equivalente.
  • Caducan después de 15 días naturales de haber hecho el anuncio al ganador y este no se comunique ni se presente a reclamarlo.

En caso de que la persona ganadora renuncie a su premio, quedará a discreción del Fondo Mutual CCSS volverlo a sortear.

En caso del fallecimiento de la persona ganadora, el premio se sorteará nuevamente.

CUARTO: CONDICIONES PARA SER GANADOR.

Será 1 (una) persona ganadora que deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser mutualista activo(a) y estar al día con las obligaciones del Fondo Mutual CCSS.
  • Tener sus datos actualizados con el Fondo Mutual CCSS. Esto para garantizar la correcta entrega del premio.
  • Haber cumplido con las indicaciones definidas en la mecánica de la promoción para ser ganador.
  • Haber participado en el tiempo definido para la promoción, del 25 al 28 de septiembre del 2023.
  • En caso de que la persona no cumpla con todos los requisitos para ser ganadora (entre estos estar al día con sus obligaciones y tener sus datos actualizados con el Fondo Mutual CCSS), el premio se sorteará nuevamente.

QUINTO: SORTEO Y ANUNCIO DE LOS GANADORES.

El sorteo se realizará una vez concluida la promoción, a partir del 29 de septiembre del 2023.

La lista de participantes y cada uno de los comentarios se introducirá en el sitio web de sorteos: www.app-sorteos.com y de manera aleatoria se obtendrá(n) el (los) ganador(es) que corresponda(n). En caso de que la persona favorecida no cumpla con alguna de las condiciones para ser ganador/a se repetirá el sorteo.

Para reclamar su premio, la persona debe coordinar el retiro con previa anticipación; además, presentar el día de la entrega su documento de identificación vigente y en buen estado.

 La publicación del ganador se realizará una vez se haya:

  • Efectuado el sorteo aleatorio.
  • Se haya corroborado el cumplimiento de los requisitos.

La publicación en redes sociales podría incluir las fotografías de la entrega de los premios, con representación del Fondo Mutual CCSS y la persona ganadora o su representante autorizado.

Las fechas de entrega podrán estar sujetas a cambio después de su sorteo.

El plazo para entregar el premio dependerá de la persona ganadora de la promoción, además de la disponibilidad del representante del Fondo Mutual CCSS para hacer entrega del premio.

SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES.

El Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (Fondo Mutual CCSS) y EcoHuellas son responsables únicamente por la coordinación y la publicidad de la promoción. El ganador será responsable del uso y disfrute que se le dé al mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad al Fondo Mutual CCSS y a EcoHuellas por gastos adicionales incurrido para participar en la promoción, para retirar el premio o para hacerlo efectivo para disfrutarlo.

SÉPTIMO: LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD: 

El Fondo Mutual CCSS y EcoHuellas no asumirán ninguna responsabilidad, ni tendrá la obligación de verificar la información brindada por el participante, si el favorecido no es ubicado con los datos que constan en la base del Fondo Mutual CCSS o la misma no se encuentra actualizada. Es obligación de todo participante en la presente promoción de haber aportado sus datos de forma correcta y actualizarlos, cuando los mismos han sido cambiados a la organización.

OCTAVO: CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO.

Por el solo hecho de participar en la promoción y eventualmente reclamar el beneficio ofrecido por ella se entiende que el ganador conoce y acepta el presente reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el Fondo Mutual CCSS o sus Socios Comerciales aquí descritos no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar un premio. Las condiciones del concurso señaladas en este reglamento hacen referencia a la frase “Aplican Restricciones”, contenida en la publicidad. El FMCCSS se reserva el derecho de realizar los cambios que considere necesarios a esta promoción.

NOVENO: PROPIEDAD INTELECTUAL.

Los participantes en esta promoción, así como los involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad del Fondo Mutual CCSS y reconocen que el hecho de participar en la promoción no les concede derecho alguno sobre ellos.

DÉCIMO: DERECHOS DE IMAGEN.

Con el fin de hacer público el resultado del sorteo, la persona que resultara favorecida autoriza a lo siguiente:

  • Que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción.
  • Renuncia expresamente al pago de cualquier remuneración o compensación adicional al premio, o posteriores reclamos por derechos de imagen, los cuales el Fondo Mutual CCSS se tienen por cedidos temporalmente únicamente para los efectos de divulgación del resultado de este sorteo.
  • El favorecido no podrá negarse a ser fotografiado o filmado, sin recurso alguno, todo lo anterior en virtud de las disposiciones establecidas en los términos y condiciones del presente reglamento y sus modificaciones.
  • También, se contemplan en este punto la autorización de imagen si un mutualista se encuentra en el lugar de la promoción por ejemplo en eventos o actividades relacionadas y se muestra en las fotografías anteriormente señaladas de manera general o indirecta.

UNDÉCIMO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.


El Fondo Mutual CCSS se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todos aquellos ajustes necesarios para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes. Dicha modificación empezará a regir en el mismo momento de la publicación en este sitio.

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