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Términos y condiciones

PRIMERO: OBJETO.

El objeto de este documento en términos y condiciones es establecer las regulaciones de la dinámica promocional durante la promoción “Navidad en Familia”

Actividad impulsada por el Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (Fondo Mutual CCSS) y Camposanto La Piedad como parte de las dinámicas comerciales conjuntas para el año 2022. Esta promoción se publicará en los perfiles oficiales de Facebook (https://www.facebook.com/FONDOMUTUALCCSS e Instagram          (https://www.instagram.com/fondomutualccss/) del Fondo Mutual CCSS

Promoción válida solo para Costa Rica, el 9 de diciembre del 2022.

SEGUNDO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

La promoción será válida para el día 9 de Diciembre del 2022

Se sortearán 4 canastones mutualistas navideños. Por medio de una dinámica promocional en el perfil de Facebook e IG para informar. La dinámica es válida entre las personas que participen en la charla informativa el 9 de diciembre en nuestro perfil de Facebook.

Para las personas que participan en la Charla de Facebook, podrán hacerlo la siguiente manera:

  • Ser mutualista al día con sus obligaciones en el Fondo Mutual CCSS.
  • Seguir o dar like (me gusta) a los perfiles de la Piedad y del Fondo Mutual CCSS en Facebook.
  • Comentar públicamente el video de la charla con el nombre completo del mutualista (Nombre y 2 apellidos) y el hashtag #navidadmutualista


TERCERO: PREMIO.

El premio consiste en:

4 (cuatro) canastas navideñas.

CUARTO: CONDICIONES PARA SER GANADOR.

Serán cuatro (4) personas ganadoras distintas que deberán cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser mutualista activo y estar al día con las obligaciones del Fondo Mutual CCSS.
  • Haber cumplido con las indicaciones definidas en la mecánica de la promoción para ser ganador.
  • Haber participado en el tiempo definido para la promoción el 9 de diciembre del 2022.

QUINTO: SORTEO Y ANUNCIO DE LOS GANADORES.

Los sorteos se realizarán una vez concluida la charla transmitida el 9 de diciembre del 2022, a las 3:00 pm.

La lista de participantes se introducirá en el sitio web de sorteos aleatorios: www.sortea2.com y de manera aleatoria se obtendrá(n) el (los) ganador(es) que corresponda(n). En caso de que la persona favorecida no cumpla con alguna de las condiciones para ser ganador/a se repetirá el sorteo.

Para recoger su premio, la persona debe coordinar con previa anticipación y presentar su cédula de identidad al día y en perfecto estado. Además de acceder a la toma de una fotografía suya con el premio. En caso de no poder asistir, puede enviar a alguien de su confianza con una justificación formal escrita y firmada y la copia de la cédula de identidad.

 La publicación de los ganadores se realizará una vez se haya:

  • Efectuado el sorteo aleatorio.
  • Se haya corroborado el cumplimiento de los requisitos.
  • Deberán ser MUTUALISTAS ACTIVOS sin morosidades y al día con sus obligaciones del Fondo Mutual CCSS.
  • Presentar un documento de identificación en buen estado y al día.
  • Las fechas de entrega podrán estar sujetas a cambio después de su sorteo.
  • El plazo y el lugar para recoger el premio dependerá de la disposición de la persona ganadora de la promoción y de la disponibilidad del representante del Fondo Mutual CCSS, además del acatamiento de las medidas preventivas de aforo y prevención contra el Covid-19.
  • La publicación en redes sociales podría incluir las fotografías de la entrega de los premios, con representación del Fondo Mutual CCSS y la persona ganadora o su representante autorizado.

Los premios son:

  • Intransferibles, no se entregará a otra persona que no sea la ganadora o su representante autorizado.
  • No acumulables, cada uno se dará a una persona distinta.
  • Indivisibles y no negociables.
  • Mediarán condiciones de fuerza mayor o de salud justificadas con una declaración jurada del ganador para la entrega a un tercero autorizado o albacea.
  • De ninguna manera podrán ser entregados en dinero en efectivo u otro medio de compensación equivalente.
  • Caducan después de 15 días naturales de haber hecho el anuncio al ganador y este no se comunique ni se presente a reclamarlo.

En caso de que la persona ganadora renuncie a su premio, quedará a discreción del Fondo Mutual CCSS volverlo a sortear.

En caso del fallecimiento de la persona ganadora:

  • Presentar la certificación del Registro Civil donde el conyugue aparece con el derecho por ser en primer grado de consanguinidad y así lo establece la legislación.
  • Si el conyugue esté fallecido, debe presentarse el albacea, con el original y copia del sucesorio donde se nombra como tal.
  • Si no tienen aún sucesorio, los hijos deben presentarse si así lo deciden todos con la cédula a retirar en conjunto el premio.
  • Si no pueden ir, deben hacer una carta autorizando a alguno de los hermanos, con las cédulas en físico, fotocopias de las cedulas y firmada la nota.

SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES.

El Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (Fondo Mutual CCSS) y Camposanto La Piedad son responsables únicamente por la coordinación y la publicidad de la promoción. El ganador será responsable del uso y disfrute que se le dé al mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad al Fondo Mutual CCSS y a Camposanto La Piedad por gastos adicionales incurrido para participar en la promoción, para llegar a retirar el premio o para hacerlo efectivo para disfrutarlo.

SÉPTIMO: LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD: El Fondo Mutual CCSS y Camposanto La Piedad no asumirán ninguna responsabilidad, ni tendrá la obligación de verificar la información brindada por el participante, si el favorecido no es ubicado con los datos que constan en la base del Fondo Mutual CCSS o la misma no se encuentra actualizada. Es obligación de todo participante en la presente promoción de haber aportado sus datos de forma correcta y actualizarlos, cuando los mismos han sido cambiados a la organización.

OCTAVO: CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO.

Por el solo hecho de participar en la promoción y eventualmente reclamar el beneficio ofrecido por ella se entiende que el ganador conoce y acepta el presente reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el Fondo Mutual CCSS o sus Socios Comerciales aquí descritos no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar un premio. Las condiciones del concurso señaladas en este reglamento hacen referencia a la frase “Se Aplican Restricciones”, contenida en la publicidad. FMCCSS se reserva el derecho de realizar los cambios que considere necesarios a esta promoción.

NOVENO: PROPIEDAD INTELECTUAL.

Los participantes en esta promoción, así como los involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad del Fondo Mutual CCSS y reconocen que el hecho de participar en la promoción no les concede derecho alguno sobre ellos.

DÉCIMO: DERECHOS DE IMAGEN.

Con el fin de hacer público el resultado del sorteo, la persona que resultara favorecida autoriza a lo siguiente:

  • Que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción.
  • Renuncia expresamente al pago de cualquier remuneración o compensación adicional al premio, o posteriores reclamos por derechos de imagen, los cuales el Fondo Mutual CCSS se tienen por cedidos temporalmente únicamente para los efectos de divulgación del resultado de este sorteo.
  • El favorecido no podrá negarse a ser fotografiado o filmado, sin recurso alguno, todo lo anterior en virtud de las disposiciones establecidas en los términos y condiciones del presente reglamento y sus modificaciones.
  • También, se contemplan en este punto la autorización de imagen si un mutualista se encuentra en el lugar de la promoción por ejemplo en eventos o actividades relacionadas y se muestra en las fotografías anteriormente señaladas de manera general o indirecta.

UNDÉCIMO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.

El Fondo Mutual CCSS se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todos aquellos ajustes necesarios para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes. Dicha modificación empezará a regir en el mismo momento de la publicación en este sitio.

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