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Términos y condiciones

PRIMERO: OBJETO.

El objeto de este documento en términos y condiciones es establecer las regulaciones de la dinámica promocional durante la promoción “AFÍLIESE Y GANE CON LOS CALENDARIOS FONDO MUTUAL CCSS 2022”.

Actividad impulsada por el Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (Fondo Mutual CCSS), y que se publicará en el perfil oficial de Facebook del Fondo Mutual CCSS (https://www.facebook.com/FONDOMUTUALCCSS/).  

En esta iniciativa se realizarán sorteos en los principales Hospitales del país durante la repartición de los calendarios 2022 del Fondo Mutual CCSS

Este sorteo premiará al azar a las personas que se afilien por primera vez a la organización durante la visita al stand del asesor comercial en el centro de salud correspondiente.

Promoción válida solo para Costa Rica, durante el periodo de repartición de calendarios 2022. Estas fechas quedarán sujetas al otorgamiento de permisos en los hospitales y centros de salud.

SEGUNDO: MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN.

La promoción será válida durante el periodo de repartición de calendarios 2022 sujeta al otorgamiento de permisos por parte de los centros de salud. Asimismo, los centros de salud se conservan el derecho a no dar permiso para que el asesor del Fondo Mutual CCSS asista a repartir y a generar nuevas afiliaciones. En esos casos, la promoción queda sin efecto.

Las personas interesadas en participar, podrán hacerlo de la siguiente forma:

  • Ser una persona funcionaria activa de la CCSS; ser una persona funcionaria activa de un modelo que brinde servicios a la CCSS; una persona funcionaria activa de una empresa que dé servicios al sector salud; ser una persona familiar en primer grado de consanguinidad (padres, hermanos, hijos o cónyuge) de una persona mutualista.
  • Presentarse al stand del asesor comercial del Fondo Mutual CCSS y solicitar la afiliación a la organización o la afiliación familiar.

TERCERO: PREMIOS.

Cada Centro de Salud visitado por el Fondo Mutual CCSS dispone de diferentes premios:

Área de SaludCantidadPremio
Hosp. Max Peralta1Olla Freidora de Aire
Hosp. Chacón Paut1Olla Arrocera
Hosp. Calderón Guardia1Coffee Maker
Hosp. De las Mujeres1Horno de Microondas
Hosp. San Juan de Dios2Olla Arrocera
Hosp. De Niños2Olla Arrocera
Hosp México1Horno de Microondas
Hosp Blanco Cervantes1Olla Freidora de Aire
Hosp. Manuel Antonio Chapui1Banda 4Pro
Hosp. Ciudad Neily1Bicicleta Banana
Hosp. Tomás Casas2Olla Arrocera
Hosp. Golfito1Orden de Compra en Walmart
Hop. San Vito1Orden de Compra en Walmart
Hosp. Limón1Bicicleta Banana
Hosp. Guápiles1Hornito Tostador
Hosp. San Carlos1Celular Huwei Y7
Hosp. Turrialba1Tablet Media Pad
Areas de Salud Región Atlántica1Coffee Maker
Hosp. Max Terán1Hornito Tostador
Hosp. Monseñor Sanabria1Bicicleta Banana
Hosp. Francisco de Asis1Tablet Media Pad
Hosp. San Rafael Alajuela2Hornito Tostador y Olla Arrocera
Hosp. San Vicente de Paul1Tablet Media Pad
Hosp. Liberia1Bicicleta Banana
Hosp. Nicoya1Bicicleta Banana
Área de Salud Santa Cruz1Coffee Maker
Hosp. Upala1Coffee Maker

CUARTO: CONDICIONES PARA SER GANADOR.

Serán 31 ganadores diferentes, una persona por premio.

  • Haber visitado al asesor del Fondo Mutual CCSS durante la repartición de los calendarios 2022 en el centro de salud correspondiente.
  • Haber llenado la boleta de afiliación al Fondo Mutual CCSS.
  • Haber cumplido con las indicaciones definidas en la mecánica de la promoción para ser ganador.
  • Haber participado en el tiempo definido para la promoción.

QUINTO: SORTEO Y ANUNCIO DE LOS GANADORES.

El sorteo se realizará una vez el asesor comercial del Fondo Mutual CCSS comunique la lista de las personas que se afiliaron en el centro de salud correspondiente.

Cada lista se introducirá en el sitio web de sorteos aleatorios: www.sortea2.com y de manera aleatoria se obtendrán los ganadores que correspondan.

Los mismos serán comunicados al asesor que coordina cada caso para la coordinación de la entrega del premio.

El plazo y el lugar para entregar el premio dependerá de la disposición de la persona ganadora de la promoción y de la disponibilidad del representante del Fondo Mutual CCSS, además del acatamiento de las medidas preventivas de aforo y prevención contra el Covid-19.

Para recoger su premio, la persona debe presentar su cédula de identidad al día y en perfecto estado. Además de acceder a la toma de una fotografía suya con el premio.

Los premios son:

  • Intransferibles, no se entregará a otra persona que no sea la ganadora o su representante autorizado.
  • No acumulables, cada uno se dará a una persona distinta.
  • Indivisibles y no negociables.
  • Mediarán condiciones de fuerza mayor o de salud justificadas con una declaración jurada del ganador para la entrega a un tercero autorizado o albacea.
  • De ninguna manera podrán ser entregados en dinero en efectivo u otro medio de compensación equivalente.
  • Caducan después de 15 días naturales de haber hecho el anuncio al ganador y este no se comunique ni se presente a reclamarlo.

En caso del fallecimiento de la persona ganadora:

  • Presentar la certificación del registro donde el conyugue aparece con el derecho por ser en primer grado de consanguinidad y así lo establece la legislación.
  • Si el conyugue esté fallecido, debe presentarse el albacea, con el original y copia del sucesorio donde se nombra como tal.
  • Si no tienen aún sucesorio, los hijos deben presentarse si así lo deciden todos con la cédula a retirar en conjunto el premio.
  • Si no pueden ir, deben hacer una carta autorizando a alguno de los hermanos, con las cédulas en físico, fotocopias de las cedulas y firmada la nota.

SEXTO: RESPONSABILIDAD DE LOS ORGANIZADORES.

El Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social (Fondo Mutual CCSS) es responsable únicamente por la coordinación y la publicidad de la promoción antes mencionada. El ganador será responsable del uso y disfrute que se le dé al mismo. Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad del Fondo Mutual CCSS por gastos adicionales incurrido para participar en la promoción, para llegar a retirar el premio o para hacerlo efectivo para disfrutarlo.

SÉPTIMO: LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD: FMCCSS no asumirá ninguna responsabilidad, ni tendrá la obligación de verificar la información brindada por el participante, si el favorecido no es ubicado con los datos que constan en su base de datos y la misma no se encuentra actualizada. Es obligación de todo participante en la presente promoción de haber aportado sus datos de forma correcta y actualizarlos, cuando los mismos han sido cambiados.

OCTAVO: CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO.

Por el solo hecho de participar en la promoción y eventualmente reclamar el beneficio ofrecido por ella se entiende que el ganador conoce y acepta el presente reglamento. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el Fondo Mutual CCSS o sus Socios Comerciales aquí descritos no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar un premio. Las condiciones del concurso señaladas en este reglamento hacen referencia a la frase “Se Aplican Restricciones”, contenida en la publicidad. FMCCSS se reserva el derecho de realizar los cambios que considere necesarios a esta promoción.

NOVENO: PROPIEDAD INTELECTUAL.

Los participantes en esta promoción, así como los involucrados directamente en la misma respetarán todos los emblemas, logos, slogans y demás distintivos marcarios o de propiedad intelectual que son propiedad del Fondo Mutual CCSS y reconocen que el hecho de participar en la promoción no les concede derecho alguno sobre ellos.

DÉCIMO: DERECHOS DE IMAGEN.

Con el fin de hacer público el resultado del sorteo, la persona que resultara favorecida autoriza a lo siguiente:

  • Que su nombre e imagen aparezca en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción.
  • Renuncia expresamente al pago de cualquier remuneración o compensación adicional al premio, o posteriores reclamos por derechos de imagen, los cuales FMCCSS se tienen por cedidos temporalmente únicamente para los efectos de divulgación del resultado de este sorteo.
  • El favorecido no podrá negarse a ser fotografiado o filmado, sin recurso alguno, todo lo anterior en virtud de las disposiciones establecidas en los términos y condiciones del presente reglamento y sus modificaciones.
  • También, se contemplan en este punto la autorización de imagen si un mutualista se encuentra en el lugar de la promoción por ejemplo en eventos o actividades relacionadas y se muestra en las fotografías anteriormente señaladas de manera general o indirecta.

UNDÉCIMO: MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.


El Fondo Mutual CCSS se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todos aquellos ajustes necesarios para la buena marcha de la promoción, así como los intereses de los participantes. Dicha modificación empezará a regir en el mismo momento de la publicación en este sitio.

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